Francisco Pedro Francisco |
Prensa Comunitaria
Francisco Pedro Francisco, poblador q’anjob’al del municipio de San Juan
Ixcoy del departamento de Huehuetenango se presento el día miércoles 23 de enero, junto con su abogada
Lorena Escobar Noriega de Guerrero y organizaciones de derechos humanos en la
Corte de Constitucionalidad.
En donde se interpuso una apelación en contra de una sentencia en amparo contra la sala de tercera de la corte de
apelaciones del ramo civil y mercantil. Por negar el amparo a el Señor
Francisco Pedro Francisco.
La denuncia se hace porque el RENAP ha violado el derecho de identidad de Francisco Pedro Francisco, ya que cuando solicito su DPI la oficina y la representante
de RENAP de San Juan Ixcoy, le dijo que tenía que cambiar su nombre y que hasta que hiciera ese cambio se le
entregaría su DPI basándose en el Artículo 4 del código Civil , es decir que se
componga por un nombre y el apellido de la madre y del padre.
Pero en base los derechos de los
pueblos indígenas y las formas ancestrales los pueblos pueden asignar el nombre
según sus costumbres y tradiciones y teniendo como respaldo el convenio 169 de
OIT. Además de eso Francisco Pedro
Franciso tiene su certificado de Nacimiento y su cedula de Vecindad como
respaldo de identidad. Por lo que
durante dos años estuvo insistiendo a que se le entregara su DPI.
El RENAP entregó un informe el cual decía que hace un año se había dado el DPI
al registro civil de San Juan Ixcoy y este no hacia la entrega hasta que Francisco
Pedro Francisco se cambiara el nombre, violando sus derechos humanos y la violación
del convenio 169 de la OIT. Solo fue hasta que el RENAP se percata del amparo
que se puso fue que le entrego el DPI.
Este caso no es único ya que se ha dado con otras personas que no han
denunciado en el área Q`anjobal. Hasta el momento únicamente se llevan otros
dos casos. Francisco Pedro Francisco
denuncio que el RENAP no lleva bien las gestiones que da a las personas en el área
q’anjob’al e irrespeta los nombres ancestrales.
“Que la gente vea la situación , porque cuando se acercan al RENAP entregan
su documento sin revisión, quiero que se solucione este problema que está
pasando y que no suceda más que conozca el pueblo y los vecinos de lo que está
pasando en Huehuetenango “ (Francisco Pedro Francisco)
La Abogada Lorena Escobar Noriega de Guerrero, expreso que el objetivo de
esta vista pública con la Corte de constitucionalidad es que se reconozca que
hubo una violación y que se certifique lo conducente esto quiere decir que el
Ministerio público investigue si hubo un delito
de racismo y ver si hay responsabilidades penales o civiles.
Que se incluya en la Política
nacional de identificación de personas naturales que tiene el RENAP , disposiciones
en donde se reconozca el nombre
y la forma de asignar de los pueblos y así los identifique, para que sea
una guía para todos los operadores de
RENAP.
Y mientras emitan la política dicten una orden administrativa en donde específicamente
se le ordene al registro civil de San Juan Ixcoy a reconocer el derecho a registrar a la población q’anjob’al según sus
costumbres.
Fotografias Colaboración de Tobias Zamora.
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